El tribunal acogió un recurso de protección y dejó sin efecto la cancelación de matrícula para 2026, al estimar que el establecimiento actuó de forma ilegal y arbitraria al no aplicar ajustes razonables exigidos por la ley.
La Corte de Apelaciones de Puerto Montt acogió el recurso de protección interpuesto en favor de un estudiante de ocho años diagnosticado con Trastorno del Espectro Autista (TEA), y ordenó dejar sin efecto la cancelación de su matrícula para el año escolar 2026 en el Colegio San Francisco Javier de Puerto Montt.
En su fallo, el tribunal concluyó que el establecimiento incurrió en actos ilegales y arbitrarios al aplicar sanciones disciplinarias sin contar con un Plan de Acompañamiento Emocional y Conductual (PAEC) adecuado, ni con protocolos efectivos de manejo de desregulación, incumpliendo así la normativa educacional vigente y la Ley TEA.
La sentencia recoge además antecedentes de la Superintendencia de Educación, que constató deficiencias en los procedimientos disciplinarios del colegio y propuso sanciones administrativas por infracciones relacionadas con convivencia escolar y falta de ajustes razonables para estudiantes neurodivergentes.
Según la Corte, la cancelación de matrícula resultó desproporcionada y vulneró garantías constitucionales como la igualdad ante la ley y el derecho a la educación, al sancionar conductas vinculadas a la condición del estudiante sin agotar previamente medidas preventivas y de apoyo.
Con esta resolución, el tribunal ordenó restituir el derecho del niño a continuar su proceso educativo en el mismo establecimiento durante 2026, enfatizando que el interés superior del menor y la educación inclusiva deben primar en las decisiones adoptadas por las comunidades educativas.


