La Corte Suprema dejó firme la sentencia que condenó a 4Life Seguros de Vida a indemnizar a una consumidora de Puerto Montt, luego que la compañía negara la cobertura de un seguro asociado a su crédito hipotecario tras sufrir un accidente cerebrovascular (ACV).
La afectada contaba con una póliza que contemplaba cobertura por fallecimiento e invalidez total de 2/3. Tras sufrir el ACV, un dictamen médico estableció una incapacidad global de 73% y un menoscabo de su capacidad de trabajo de 84%.
Sin embargo, la aseguradora rechazó inicialmente la cobertura argumentando que el episodio vascular había ocurrido el 26 de agosto de 2021, días antes del inicio de vigencia de la póliza, fijado para el 1 de septiembre de ese año.
Durante el proceso judicial, la Superintendencia de Pensiones desestimó el reclamo de la compañía y confirmó que la resolución que estableció la invalidez total y definitiva quedó ejecutoriada el 21 de diciembre de 2021, fecha que rige para efectos legales.
La consumidora recurrió al Tercer Juzgado de Policía Local de Puerto Montt, proceso en el cual participó el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC).
El tribunal condenó a la aseguradora a pagar 6.054 UF, equivalentes a más de $248 millones, por daño emergente, monto relacionado con el saldo de la deuda hipotecaria y las cuotas pagadas por la afectada.
Además, ordenó una indemnización de $5 millones por daño moral y aplicó a la compañía una multa de 300 UTM, equivalente a más de $21,5 millones, por infracción a la Ley del Consumidor.
La sentencia fue posteriormente revisada por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, que rechazó la petición de la aseguradora y mantuvo lo resuelto. Finalmente, la compañía presentó un recurso de queja ante la Corte Suprema, el cual también fue rechazado, quedando firme la sentencia.
Desde SERNAC Los Lagos destacaron que los consumidores tienen derecho a conocer las condiciones de sus seguros y a que las compañías cumplan las coberturas establecidas en las pólizas.

