Condenan a titular de empresa acuícola por entregar información falsa sobre producción de ostras en Ancud

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación presentado por la empresa Sociedad La Botica Limitada, junto con ratificar una multa de 500 UTM tras una denuncia del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca) por entregar datos falsos sobre la producción de ostra chilena en Ancud.

El máximo tribunal de la nación confirmó en última instancia la sentencia que condena al titular del centro de cultivo de ostra chilena ubicado en la comuna de Ancud, provincia de Chiloé, al pago de una sanción pecuniaria ascendente a 500 UTM.

La resolución judicial pone fin al proceso inciado por el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca) de la Región de Los Lagos, ratificando las resoluciones previas dictadas por el Juzgado de Letras de Castro y la Corte de Apelaciones de Puerto Montt.

Las irregularidades operativas fueron descubiertas durante una acción de control efectuada en octubre de 2023 por fiscalizadores del organismo estatal, al cotejar las declaraciones estadísticas presentadas por el titular con la capacidad técnica instalada en el área marítima concesionada.

Las indagaciones documentales e inspecciones en terreno arrojaron una discrepancia sustancial en las cifras oficiales: el centro operado por la empresa infractora declaró volúmenes productivos que superaban en más de diez veces los límites máximos autorizados en su respectivo permiso ambiental y sectorial.

El director regional de Sernapesca Los Lagos, Cristian Hudson, enfatizó la gravedad de alterar las declaraciones de desembarque y cosecha, sal subrayar que la veracidad de los datos entregados por los titulares es la base para la sustentabilidad de la actividad pesquera y acuícola nacional.

La autoridad territorial explicó que la institución mantiene activos mecanismos de control combinados, utilizando auditorías documentales cruzadas, análisis estadístico de bases de datos centralizadas e inspecciones físicas directas en las instalaciones operativas del litoral sur del país.

Con el fallo a firme pronunciado por la Corte Suprema, la empresa emplazada en la provincia de Chiloé deberá dar cumplimiento efectivo al pago de la multa impuesta, quedando sentado un antecedente jurisprudencial relevante sobre el deber de veracidad en la entrega de información sectorial a los órganos de control del Estado.

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